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FRANCO

MILLAN ASTRAY

VALENZUELA

TRAMITE DE NACIONALIZACION PARA HISPANOS EN LAS FUERZAS ARMADAS

En el FORO LEGIONARIO www.forolegionario.tk se aclararán las dudas

El presente informe va dirigido a aquellos ciudadanos que aún siendo extranjeros originarios de los países que componen Hispanoamérica o Guinea Ecuatorial, han decidido ingresar en calidad de tropa profesional de las diferentes unidades militares españolas en la que está permitido su acceso.

Este estudio lo ha realizado la Hermandad Nacional de Antiguos Caballeros Legionarios, para asesorar a aquellos hermanos de armas que han decidido servir a España desde La Legión, Brigada Paracaidista, Infantería de Marina o Ezapac.

Como primera nota aclaratoria, he de comentaros que según el artículo 22 del Código Civil español, los extranjeros para poder solicitar la nacionalidad española necesitan haber residido de forma legal (es decir con Permiso de Residencia) al menos diez años, a excepción de los extranjeros originarios de los países Hispanoamericanos, Ecuatoguineanos y Andorranos, que pueden solicitar la nacionalidad española a los DOS AÑOS de residencia legal en España.

Quedando bien claro que vosotros, los extranjeros que habéis ingresado en las Fuerzas Armadas españolas, como sois Hispanoamericanos y Ecuatoguineanos, podéis solicitar la nacionalidad a los DOS AÑOS de residir legalmente en España.

Para solicitar la nacionalidad deberéis seguir los siguientes pasos:

1º.- Ir al Juzgado de lo Civil de la Provincia donde residáis con los siguientes documentos:

Pasaporte Original. Tarjeta de Residencia Original. Libro de Familia original (en el caso de estar casado o tener hijos en unión de hecho) Certificado de escolarización en España de los hijos (en caso de tenerlos) Nombramiento de alta en las Fuerzas Armadas original. Tres últimas nóminas. Certificado de empadronamiento. Certificado de Convivencia (te lo hacen el ayuntamiento donde resides, para ver con cuanta gente vives) Contrato de compra o Arrendamiento de vivienda (en caso de residir en la base militar, certificado de que residís dentro). Original de declaración del I.R.P.F. del último año.

A partir de presentar toda esta documentación en el juzgado, te la fotocopian entregándote los originales y te dan cita para la entrevista personal en el juzgado, en la que te hacen preguntas sobre tu arraigo, cultura e historia de España.

2º.- Unos meses después te llamarán de la Comisaría de Policía, para hacerte otra entrevista personal, en la que te preguntan sobre tus ingresos económicos, ahorros, condiciones de vida, antecedentes penales etc...

3º.- Seis meses después de la entrevista en la comisaría, el Ministerio de Justicia te contesta favorablemente o negativamente y en caso de ser favorable te dan cita para ir a Jurar la Constitución Española y darte el D.N.I. y el Pasaporte español.

Una vez con la nacionalizado, podrás opositar para la escala de suboficiales del ejército, Guardia Civil, Policía Nacional o cualquier plaza de funcionario de la administración española.

OSEA QUE NO OS DEJÉIS LLEVAR POR RUMORES Y SI LLEVAIS MÁS DE 24 MESES RESIDIENDO LEGALMENTE EN ESPAÑA, SOLICITAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA ¡YA!, PORQUE TODOS LOS HISPANOAMERICANOS Y ECUATOGUINEANOS LO ESTÁN HACIENDO Y VOSOTROS TENÉIS PRIORIDAD.

Las Fuerzas Armadas os dan una preferencia a la hora de concederos la nacionalidad, porque tenéis un contrato fijo con la Administración Pública.

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